Protocolo de Tránsito de personas en rutas y caminos de la Provincia de Córdoba durante la pandemia del COVID-19 | Doctrina | Martinez Urrutibehety Abogados & Consejeros



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PROTOCOLO DE TRANSITO DE PERSONAS EN RUTAS Y CAMINOS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA DURANTE LA PANDEMIA DEL COVID – 19.

elDial.com - DC29C1 - Publicado el 25/03/2020

Conforme la evolución de la pandemia generada por el COVID – 19, en la Provincia de Córdoba se implementó un procedimiento que regula la circulación y tránsito de personas procedentes desde otras provincias o del extranjero que ingresan a la provincia de Córdoba.

El presente protocolo tiene por finalidad y alcance, de circunscribir la normativa vigente, en un documento consolidado que aborde la problemática del movimiento y circulación de personas que regresan a la provincia de Córdoba, desde las distintas terminales de acceso, ya sea por el aeropuerto internacional de Ezeiza, en vehículos o que se trasladen dentro de la misma, de manera tal de brindar herramientas funcionales que le permitan mitigar la pandemia de manera organizada y coordinada por el Ministerio de Salud de la Provincia.

De acuerdo a las disposiciones Nacionales referidas a la regulación de los movimientos de personas dentro del ámbito nacional, solo podrán ingresar a la Provincia de Córdoba, aquellas personas que tengan su domicilio legal en la Provincia consignado en su D.N.I., a excepción de que puedan acreditar que aquél ha variado mediante documentación fehaciente, que cuenten con el Permiso Único de Circulación y la confección de la Declaración Jurada correspondiente.

Se deberá distinguir dos áreas definidas: estas estarán dadas de acuerdo a la presencia (Rojas) o ausencia (Blancas) de COVID – 19 dentro de las localidades de la provincia.

Personas que quieran movilizarse dentro de la provincia o tránsito interno.

  • Circulación entre Zonas Rojas: La circulación dentro de esta zona es libre, en tanto el ciudadano cuente con las correspondientes autorizaciones de desplazamientos. 
  • Personas Varadas en Zona Roja con domicilio en Zona Blanca: Deberán comunicarse al teléfono 08001221444 digitando 5 y opción 1, quienes de indicarán fecha, hora y lugar al cual deberán concurrir a realizarse el Hisopado nasofaríngeo/faríngeo, adoptando las medidas de bioseguridad durante su traslado, y continuar luego con el aislamiento en domicilio hasta obtener el resultado. En caso de obtener resultado negativo, el COE Central le extenderá autorización para su regreso. ¬
  • Personas con domicilio en Zona Blanca que requieran concurrir a Zona Roja momentáneamente y posterior regreso a su domicilio: Previo a ello, deberá solicitar al COE Regional, la autorización correspondiente para su regreso.

PROCESO DE INGRESO: 

Las personas que pretendan migrar hacia la provincia de Córdoba podrán clasificarse en dos situaciones, a saber: 

  • Si contaran con movilidad propia, deberán solicitar su permiso de para realizar la migración completando el formulario que se encuentra en https://www.cba.gov.ar/solicitud-de-ingreso-con-movilidad/. Esta información será recepcionada por la Agencia Córdoba Turismo que será la responsable de la “Mesa de Personas en Tránsito”, quien realizara el filtro necesario para elevar a la Jefatura de Gabinete, la lista solicitando los permisos correspondientes. Una vez que Jefatura de Gabinete envíe los permisos a la Agencia Córdoba Turismo de vuelta, dicha Agencia será responsable de enviar los mismos a sus destinatarios. Dichos permisos tendrán una validez de 96 hs desde el momento que son emitidos.
  • Si no contaran con Movilidad Propia, deberán inscribirse completando el formulario que se encuentra en https://www.cba.gov.ar/solicitud-de-ingreso-sin-movilidad/. En este caso NO se trata de un permiso sino de un Servicio que la provincia de Córdoba les brinda a sus habitantes, facilitando ómnibus sin cargo desde localidades donde se encuentran Cordobeses hacia la provincia. La Agencia Córdoba Turismo será responsable de informar de las listas de personas autorizadas (caso que tengan movilidad propia) y que transporte en ómnibus (caso sin movilidad propia) al Ministerio de Gobierno, Seguridad, Salud y Transporte, con una planilla que refleje, por lo menos, nombre, apellido, DNI y fecha de permiso u oportunidad de viaje en ómnibus por localidad, de manera de que pueda notificarse a las partes interesadas, con preponderancia a los intendentes/presidentes comunales de las localidades adonde migrarán nuevas personas.

 El seguimiento permitirá la extensión del certificado de circulación para el regreso a su domicilio, finalizada la cuarentena obligatoria

Todos los detalles se encuentran en el protocolo : https://www.cba.gov.ar/wp-content/uploads/2020/05/ANEXO-48-TRANSITO-ACTUALIZADO-12-05-20-1.pdf

Dana Kupel y Rosario Sfreco

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